Animales

El Poder Judicial vuelve a discutir la masacre de pingüinos en Punta Tombo

El año pasado Ricardo La Regina había sido declarado culpable por la muerte de cientos de pingüinos Magallanes durante 2021. La justicia de Chubut tendrá hasta el 21 de mayo para evaluar si mantiene o modifica su sentencia.
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Ricardo La Regina, empresario ganadero, apeló la condena que lo declaró culpable en octubre del año pasado por la muerte de cientos de pingüinos Magallanes y la destrucción cerca de 200 nidos cerca de la Reserva Natural Punta Tombo (Chubut) durante 2021. Este miércoles en la Cámara de Apelaciones de Trelew se establecieron las fechas para reevaluar la sentencia y la defensa del imputado y la querella volvieron a presentar sus argumentos.

Los querellantes de la causa originada en 2022 --Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdAA), Fundación GreenPeace Argentina y Fundación Patagonia Natural-- se volvieron a presentar para reiterar su postura: el empresario ganadero Ricardo La Regina causó daño ambiental agravado y actos de crueldad animal en una masacre de pingüinos.

GP0STU22W_PressMediaAUDIENCIA CLAVE EN EL CASO DE MASACRE DE PINGÜINOS EN PUNTA TOMBO

"Hace 6 meses el poder judicial de Chubut dictó sentencia condenando a Ricardo La Regina por los delitos de daño ambiental agravado y crueldad animal. La condena fue de 3 años de prisión condicional con una serie de reglas a cumplir. Hoy, como querellantes, defendimos nuestra postura resaltando la importancia de que la Cámara de Apelaciones confirme el hito ambiental judicial obtenido con el tribunal de primera instancia", explicó Matías Arrigazzi, especialista en biodiversidad y vocero de GreenPeace Argentina, consultado por Página/12.

Esto ha sido respaldado en el juicio inicial por una gran cantidad de pericias y pruebas "científicas, de técnicos, de especialistas en conservación, en suelo y en imágenes satelitales; biólogos; veterinarios", entre otras que enumera Lucas Micheloud, abogado querellante de AAdAA a Página/12. Todo este material probatorio y las exposiciones del acusado y de la querella realizadas durante el debate oral tendrán que ser revisitadas por los jueces en esta nueva instancia.

El caso

Entre agosto y diciembre de 2021, La Regina construyó caminos con una retroexcavadora en su estancia La Perla --lindante a la Reserva Natural Punta Tombo-- hacia el mar. También, instaló un alambrado electrificado de 900 metros. Más de cien pingüinos Magallanes --adultos y recién nacidos-- murieron aplastados. También fueron destruídos sus huevos. A la vez, destrozó nidos, flora nativa y bloqueó el paso de los pingüinos sobrevivientes hacia el mar.

El fallo original --determinado por los jueces María Martini, Eve Ponce y Carlos Richieri-- concluía: "este tribunal colegiado por unanimidad falla declarando a Ricardo La Regina como autor penalmente responsable de los delitos de daño agravado, un hecho en modalidad de delito continuado, en concurso ideal con el delito de crueldad animal".

Al iniciar el proceso, el imputado había querido evitar el juicio oral. Hubo "una oposición de todas las partes porque un caso de estas características --que involucra bienes de incidencia colectiva, como es el ambiente, los ecosistemas, los animales no humanos, etc.-- necesitaba un gran debate plural democrático para esclarecer lo que había sucedido. Se necesitaba un debate donde todos los especialistas involucrados, científicos, técnicos a través de informes técnicos, de testimonios y demás, tenían que ser convocados, se los tenía que escuchar y se tenía que debatir de frente a toda la sociedad".

"Nuestro Código Penal no tiene delitos penales ambientales", indicó Micheloud. "Hay algunas leyes especiales como la ley de residuos peligrosos, la ley de maltrato animal... y no mucho más que tipifiquen los delitos contra la naturaleza, contra los ecosistemas", explicó. Por eso, las organizaciones ambientalistas querellantes --que buscan velar por los "intereses de toda la comunidad y de las generaciones futuras"-- plantearon que cuando sucedieron los hechos judicializados se falló en la protección de las áreas naturales, pero también se demostró la debilidad del sistema penal.

Sin tener carátulas de "criminalidad verde", se pueden "llevar adelante deforestaciones masivas, incendios forestales, grandes contaminaciones de cuencas o como lo que sucedió en Punta Tombo: una masacre de centenares de pingüinos, algunos recién nacidos o todavía en huevos", apuntó el abogado querellante.

 Para el abogado, cuando se logró la sentencia en este caso, "finalmente se incluyó el daño al ambiente". Por esto, siguió resaltando la trascendencia jurídica del caso y reiteró que en la justificación del voto de uno de los jueces se incluyó el delito de 'ecocidio'", que no está incluido enel Código Penal, pero fue llevado al juicio por las organizaciones.

El ambiente, un bien jurídico

"La defensa plantea que acá no hubo ningún daño, porque lo que se hizo fue una simple mejora en un campo. Ahí se hizo un gran debate sobre cuál es el bien jurídico protegido. Nosotros veníamos planteando que el bien jurídico protegido acá es el ambiente. Logramos introducirlo en el proceso y fue lo que recepcionó el tribunal cuando dictó la condena de que había un daño ambiental agravado, que había un daño sobre el ambiente, sobre los ecosistemas. Esto es lo novedoso, lo inédito, lo histórico", agregó Micheloud.

"Lo que sucedió en Punta Tombo fue un daño sobre un bien ajeno -- bienes de uso y goce público--: los ecosistemas, la colonia de reproducción del pingüino de Magallán, la flor y la fauna asociada, el suelo que compone ese hábitat, etc. Es un bien que le pertenece a toda la comunidad. Por lo tanto, todo lo que hizo La Regina, aunque fue en su propiedad, implica un daño al ambiente", explicó contundente el abogado especialista.

El 21 de mayo los jueces darán a conocer si confirman, renuevan o modifican la condena histórica a La Regina. Sin embargo, Micheloud confía --debido al gran corpus de pruebas que tiene la causa desde sus inicios-- en que se confirme la condena.

Fuente: pagina12.com.ar

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