Tierra del Fuego Aprueba Nueva Ley de Acuicultura con Enfoque en la Sostenibilidad y Prohibición de Salmónidos en el Canal Beagle

Una de las disposiciones más relevantes de la ley es la prohibición expresa de toda actividad de cultivo y producción de salmónidos en las aguas del Canal Beagle. Esta medida busca "asegurar la protección y preservación integral de este ecosistema costero singular", así como el mantenimiento de su biodiversidad marina y sus usos actuales.

PROVINCIALES09/08/2025ecovida ambienteecovida ambiente
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USHUAIA, Tierra del Fuego – La Legislatura de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur ha aprobado una nueva ley que regula el desarrollo de la acuicultura en sus aguas continentales y marítimas jurisdiccionales. Esta normativa, identificada como el Asunto 247/25, sustituye a la Ley provincial 1355. El objetivo central de la nueva legislación es promover el Desarrollo Sostenible de la Acuicultura mediante un "triple abordaje" que integra aspectos ambientales, sociales y económicos, con el "cuidado integral del ambiente" como premisa principal.

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Una de las disposiciones más relevantes de la ley es la prohibición expresa de toda actividad de cultivo y producción de salmónidos en las aguas del Canal Beagle. Esta medida busca "asegurar la protección y preservación integral de este ecosistema costero singular", así como el mantenimiento de su biodiversidad marina y sus usos actuales. En contraste, en lagos, lagunas, cursos de ríos y arroyos, se permitirá el uso consuntivo de las aguas, y la autoridad de aplicación deberá garantizar el resguardo de reproductores y el repoblamiento de peces, siempre bajo parámetros de sustentabilidad y en concordancia con la Ley provincial de Aguas 1126.

Para fomentar una acuicultura sostenible, la ley establece la creación del Centro de Desarrollo Pesquero y Acuícola de Tierra del Fuego. Este centro operará dentro de la órbita de la Secretaría de Pesca y Acuicultura, dependiente del Ministerio de Producción y Ambiente. Sus funciones incluirán la promoción de la investigación aplicada, la producción acuícola, la valorización de los recursos genéticos provinciales y la transferencia de conocimiento y tecnología con instituciones afines, todo ello con el fin de implementar una acuicultura sostenible en el territorio provincial.

En cuanto a la fiscalización ambiental, la nueva ley indica que el Poder Ejecutivo, a través de la autoridad de aplicación, reglamentará los procedimientos para la realización de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) a nivel provincial. Esta evaluación tiene como finalidad delimitar zonas aptas para la acuicultura, anticipar impactos y ordenar el uso del agua y ambientes asociados. Además, se establece como obligatorio para todos los proyectos acuícolas la presentación previa de una Guía de Aviso de Proyecto (GAP) y un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), siguiendo los lineamientos de leyes provinciales como la 55, 244 y 1126. La normativa también sugiere que los proyectos productivos consideren diseños de sistemas estandarizados de crianza, como el sistema de Circuito Cerrado de Recirculado de Agua ("RAS"), adaptando sus construcciones a las características de cada emprendimiento y especie, en equilibrio con los ecosistemas naturales.

La autoridad de aplicación de esta ley será el Ministerio de Producción y Ambiente, a través de la Secretaría de Pesca y Acuicultura. La ley también dispone que un porcentaje de la producción total de los proyectos acuícolas será reservado para el consumo local, cuyo porcentaje se establecerá por reglamentación. Asimismo, el Poder Ejecutivo deberá diseñar programas y estímulos para fomentar que los productores locales realicen desarrollos acuícolas en la provincia. Se asignarán partidas presupuestarias para gastos e inversiones en investigación, fiscalización, contralor y extensión.

El Poder Ejecutivo Provincial contará con un plazo máximo de noventa (90) días corridos para la promulgación de la presente ley. 

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