


Ley de Tierras: La medida provisoria de la Corte Suprema no resuelve de fondo y la movilización sigue en pie
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La Corte Suprema dictó una medida cautelar interina que suspende provisoriamente los efectos del artículo 154 del
Sin embargo, desde la
Una medida urgente pero provisoria
La cautelar interina funciona como un resguardo temporal de carácter urgente cuyo objetivo es evitar consecuencias difíciles de revertir mientras la Justicia analiza el pleito principal. El máximo tribunal no declaró la inconstitucionalidad del artículo ni resolvió el conflicto de fondo, por lo que la suspensión podría modificarse o levantarse a medida que avance el expediente.


"El problema no termina en la Ley de Tierras. El DNU 70/2023 avanzó sobre derechos, regulaciones y capacidades públicas mediante un decreto de alcance extraordinario. Nuestra posición sigue siendo la misma: el DNU debe caer", señalaron desde la entidad ambientalista.
El recorrido judicial y el caso Bariloche
Con la resolución de la Corte, el expediente impulsado por la
A diferencia del planteo formulado por el CECIM, el caso de Árbol de Pie se centra en la defensa de derechos colectivos vinculados con la protección de los territorios y las comunidades indígenas.
La movilización sigue en pie
Desde el espacio jurídico ratificaron que esta resolución judicial no desactiva el conflicto ni reemplaza la organización social. Ante este escenario, convocaron a una nueva jornada de protesta: este 15 de octubre habrá una nueva movilización.
Para la organización, si bien la medida judicial otorga un resguardo temporal de suma importancia, la defensa integral de los territorios, de los derechos colectivos y de la educación pública sigue dependiendo de la movilización y la participación ciudadana.
Fuente: Prensa - aadeaa.org




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