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title: "SENASA lanza un nuevo Plan de Contingencia para la Influenza Aviar y refuerza la vigilancia epidemiológica en todo el país"
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description: "Tras el levantamiento de la emergencia sanitaria declarada en 2023, la Resolución 466/2025 marca una nueva etapa en la prevención de la Influenza Aviar en Argentina. El nuevo plan apunta a sostener el estatus sanitario nacional, proteger la producción avícola y preservar la salud pública."
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date_published: "2025-08-02T21:47:00-03:00"
date_modified: "2026-06-11T22:00:36-03:00"
tags:
  - "Agricultura y Ganaderia"
  - "Contaminación"
  - "SALUD"
  - "SALUD ANIMAL"
  - "Sociedad"
author_name: "ecovida ambiente"
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# SENASA lanza un nuevo Plan de Contingencia para la Influenza Aviar y refuerza la vigilancia epidemiológica en todo el país

![influenza_bsas2](https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/infleunza_bsas2.jpg)

*infleunza_bsas2*

### **Transición del estado de emergencia a la vigilancia activa**

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) oficializó un nuevo Plan de Contingencia para la Influenza Aviar (IA), a través de la Resolución 466/2025, publicada el pasado 3 de julio. La medida deja sin efecto las declaraciones previas de alerta y emergencia sanitaria vigentes desde 2022, dando paso a una etapa de vigilancia epidemiológica reforzada tras la normalización de la situación sanitaria en el país.

La decisión se fundamenta en que "han cesado las causas que motivaron" el estado de emergencia declarado en febrero de 2023, tras la aparición del primer brote de Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP) en aves silvestres en territorio argentino.

Detección de un caso de influenza aviar en aves de traspatio en Buenos Aires

### **Un nuevo enfoque para proteger la producción y el comercio**

El objetivo principal del nuevo plan es preservar el estatus sanitario de Argentina como país libre de IAAP, lo cual resulta clave para sostener la producción avícola y evitar restricciones al comercio internacional. La influenza aviar representa una amenaza significativa no solo para la sanidad animal, sino también para la economía agroalimentaria y la salud pública.

La normativa actualizada también redefine la enfermedad en línea con los criterios de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), organismo ante el cual Argentina debe reportar toda enfermedad notificable.

### **Definiciones clave y zonas de control**

El plan establece un marco de acción detallado, con definiciones técnicas precisas. Se distingue entre aves de corral, aves de traspatio, aves no de corral y se define el concepto de brote, sacrificio sanitario y las distintas zonas de control sanitario (ZCS), como la Zona de Perifoco (3 km) y la Zona de Vigilancia (7 km).

Además, en casos de brotes en aves no comerciales, como aves silvestres o de compañía, se determinarán Áreas de Prevención (AP), adaptadas a las condiciones de cada situación.

### **Respuesta ante brotes y sospechas**

Ante cualquier sospecha clínica, aumento de mortandad, o resultados positivos en laboratorio, SENASA activará un protocolo inmediato de interdicción del predio y análisis. Si se confirma el caso, se pondrán en marcha medidas como:

- Sacrificio sanitario de todas las aves afectadas.
- Eliminación segura de cadáveres y productos contaminados.
- Limpieza y desinfección de instalaciones.
- Suspensión de certificaciones para mercados con restricciones por IAAP.

En el caso de aves silvestres, se restringirá el acceso a las zonas afectadas, se realizará el conteo y entierro de cadáveres y se implementará vigilancia sanitaria.

### **Controles en la cadena de valor y restricciones de movimientos**

En las zonas de control, los movimientos de aves, productos, guano y cama serán restringidos o monitoreados, y se exigirá el análisis de laboratorio para autorizar traslados. También se prohibirán actividades recreativas con aves ornamentales.

SENASA reforzará su accionar en las plantas de incubación, predios registrados en el RENSPA, y trabajará en conjunto con la industria exportadora para mitigar cualquier impacto en la cadena comercial.

### **Restitución del estatus sanitario y medidas especiales**

El plan establece los criterios para declarar el cierre de brotes, levantar las interdicciones y recuperar el estatus de país libre, que requiere al menos 28 días sin nuevos casos y resultados negativos en pruebas moleculares.

También se prevén medidas especiales en zoológicos y reservas con aves silvestres cautivas, incluyendo aislamiento, restricciones de acceso, e incluso vacunación controlada, evaluada por SENASA según cada caso.

### **Sanciones, coordinación e indemnizaciones**

La normativa contempla sanciones para quienes incumplan las disposiciones del plan, en base a la Ley N.º 27.233, e incluye la posibilidad de indemnizaciones para productores afectados, conforme a la Ley de Policía Sanitaria Animal N.º 3.959.

SENASA también podrá coordinar acciones con autoridades locales y utilizar laboratorios internacionales o de la Red Nacional REDLAB para el análisis de muestras.

### **Una herramienta clave para enfrentar futuras amenazas**

Con esta resolución, el Estado nacional busca consolidar un sistema de respuesta rápida y efectiva frente a nuevos brotes de influenza aviar, garantizando la seguridad sanitaria, el abastecimiento de alimentos y la sostenibilidad del comercio agroalimentario.

El nuevo plan reafirma el compromiso de Argentina con la prevención de enfermedades zoonóticas, el bienestar animal y el fortalecimiento de una producción agropecuaria resiliente y segura.

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