El pueblo yagan pide por el derecho a ser parte de la querella por los restos encontrados
En un sector de la Estancia Remolino donde se está llevando adelante la obra del Corredor del Beagle, se han hallado restos humanos pertenecientes a antepasados del pueblo yagan.

Ushuaia 15 de Enero de 2020
Víctor Vargas Filgueira, referente de los pueblos originarios, es Primer Consejero de la comunidad yagan Paiakoala de Ushuaia. En diálogo con ECOVIDA AMBIENTE se refirió a los yacimientos arqueológicos y los restos de sus ancestros encontrados durante el avance de la obra del Corredor Costero del canal Beagle.
En una zona de la Estancia Remolino, donde se está llevando adelante la obra, se han hallado restos humanos que se estima pertenecerían a una niña yagan de no más de 6 años de edad.
Estos restos humanos fueron hallados en octubre del 2019, aunque los representantes de la comunidad Yagan recién fueron notificados del hallazgo el 20 de noviembre del mismo año, cuando los restos ya habían sido extraídos y llevados al Museo del Fin del Mundo.
Se estima que en la actualidad el museo cuenta con los restos de 40 cuerpos humanos que datan de miles de años de antigüedad.
Cabe destacar que no sólo existirían restos arqueológicos en la zona del hallazgo, sino que a lo largo de toda la traza del camino en construcción, demarcado entre Baliza Escarpados y el Cabo San Pio, y de acuerdo a relevamientos realizados por arqueólogos desde hace tiempo, existe una gran cantidad de yacimientos que contienen restos de los pueblos originarios que habitaron la costa norte del canal Beagle.
Desde hace muchos años se están realizando distintos trabajos de investigación arqueológica a lo largo de la Costa del Beagle llevados adelante por miembros de la comunidad científica de nuestra ciudad, y en distintos puntos de la zona costera se han hallado restos humanos pertenecientes a la comunidad Yagan.
Desde la comunidad Paiakoala de Ushuaia se busca generar conciencia con respecto a los riesgos que implican el desarrollo de la obra del Corredor Costero del Beagle sin una acertada labor arqueológica que preserve los restos de los pueblos originarios que habitaron la zona.
Los yaganes, de los que aún quedan unos pocos descendientes, conformaron un pueblo nómada cuyos integrantes habitaron las costas del Beagle hace miles de años.
Como se trasladaban a lo largo de la región, enterraban a sus integrantes en el lugar donde morían.
Por tal motivo se estima que serían miles los restos humanos enterrados a lo largo de la costa del canal, precisamente donde se pretende llevar a cabo la obra cuestionada por diversos sectores de la comunidad científica y académica, y por organizaciones de la sociedad civil.
La comunidad yagan no se niega a la construcción de la ruta sino que sugiere se realicen desvíos de la traza para evitar que se siga impactando sobre los yacimientos donde descansan sus ancestros.
En relación a estos hallazgos, y en su carácter de referentes de la comunidad Yagan, se han presentado ante la justicia provincial, solicitando ser incorporados como querellantes.
Sin embargo, la respuesta que recibieron es que no pueden serlo, sino que tal reclamo debe ser ejercido por el gobierno provincial, que sería el que puede invocar los derechos sobre dicho patrimonio.
Los representantes de la comunidad yagan Paiakoala reclaman ejercer el derecho a que los restos les sean restituidos a ellos.
De lograrse este propósito se estaría sentando precedentes a nivel latinoamericano y mundial, entregándose a la comunidad originaria una cantidad de restos de su pueblo que nunca antes se ha concretado, a pesar de una variada legislación que así lo establece.
Recordemos que los derechos de los pueblos originarios están protegidos por normas nacionales e internacionales, avaladas tanto por la ONU como por otros organismos internacionales que se han expresado a favor de estos derechos humanos.
Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Normativa sobre Pueblos Indígenas y sus comunidades
Ley nacional 25.517 – Comunidades Indígenas
[Best_Wordpress_Gallery id=»5″ gal_title=»Niña Yagan»]Ley Nº 24.071 a través de la cual se aprueba el convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
Diferencias con el convenio 107

Normativa nacional e internacional sobre Pueblos Indígenas y sus comunidades – Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)
Fotos gentileza Víctor Vargas
Fuente: ECOVIDA AMBIENTE